Según el Gobierno esta reforma tiene como objetivo principal la generación de empleo y la reducción de la desigualdad. … Para ello, busca mejorar la distribución de la carga tributaria favoreciendo a los colombianos de menores ingresos.
El impuesto del 1 por ciento que debían pagar, de manera extraordinaria, los patrimonios iguales o superiores a 5.000 millones de pesos en el país, durante los años 2019, 2020 y 2021, no solo será permanente a partir de esta reforma, sino que su tasa subirá al 3 por ciento.
En el 2023, las personas que el año anterior (2022) hayan ganado más de $3,2 millones mensuales deberán declarar renta. El texto propone que las personas que en 2022 tengan una renta líquida (75 % de los ingresos) de 800 UVT al año (es decir, cerca de $29 millones anuales o $2,42 millones mensuales) serán responsables del impuesto. El siguiente año (2024 en relación con el año gravable 2023) el umbral bajaría a 560 UVT de renta líquida, es decir, $2,26 millones de ingresos mensuales.
Hoy solo declara renta el 4 % de la población económicamente activa, unos 3,5 millones de personas, y la mitad de ellos hace algún pago. La propuesta es llevar esta cifra a 18 %, lo que significa unos 7 millones de declarantes y unos 3 millones de contribuyentes. El 82 % de la población va a seguir exenta.
Las pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos profesionales estarán gravadas solo en la parte de los pagos que excedan 1.600 UVT anuales (58.092.800). Además, se aplicará la misma norma para las devoluciones de saldos de ahorro pensional, en este caso se deberá multiplicar el valor mencionado por el número de años a los que corresponda.
A partir del primero de julio de este año y hasta el 31 de diciembre se establecería un impuesto temporal y solidario de 10 % para quienes reciban por salario o pagos por prestación de servicios desde $10 millones mensuales en adelante, tanto en el sector privado, como en el público. También aplica para quienes reciban este mismo monto de dinero, o más, por concepto de “intereses, rendimientos financieros, arrendamientos, regalías, explotación de la propiedad intelectual y dividendos y participaciones (…) el pago o abono en cuenta mensual periódico de las mesadas pensionales o asignaciones de retiro, sin consideración del régimen pensional”.
El documento se refiere también al impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes. La tarifa del impuesto sería de 0,00005 UVT por cada gramo del envase, embalaje o empaque ($1,81). Y el recaudo se destinaría al Fondo de Cambio Climático y Desarrollo Sostenible (Fonclima).
Bajo el argumento de fortalecer la política de erradicación de la pobreza, el Gobierno Nacional radicó ante el Congreso de la República su nueva reforma tributaria, dado a conocer como Ley de Solidaridad Sostenible. El documento, de 110 páginas, fue filtrado a medios un día antes y en el articulado se modifica la regla fiscal (que asegura la sostenibilidad de las finanzas públicas) y se vuelve permanente el Programa Ingreso Solidario.
